Herencias

Tras la entrada en vigor del Reglamento 650/2012, en vigor desde el 17 de Agosto de 2015, ha habido cambios muy importantes en las herencias con un elemento de internacionalidad, resultando de aplicación a la sucesión la ley del país donde el causante tenía su residencia y no la de su nacionalidad, como previamente establecía el Código Civil. Este principio resulta aplicable siempre que no haya una disposición, como por ejemplo un testamento, por el cual se opte a la ley de su nacionalidad.

En nuestro despacho recibirá asesoramiento especializado en herencias tanto testadas como intestadas, redacción de testamentos, y en caso de encontrarnos ante herencias contenciosas, la asistencia en procesos judiciales para la formación de inventario y división de los bienes hereditarios.

Si precisa de asesoramiento jurídico en derecho hereditario, le invitamos a que nos deje una CONSULTA, recibiendo una primera valoración sin compromiso alguno.

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